10 Consejos legales que necesitas saber si eres influencer

El sector influencer es un sector en alza que a día de hoy factura más de 100 millones de euros en España. Sin embargo, este ámbito del marketing aún plantea muchas dudas entre las personas que lo forman. Por ello, hemos querido contar con el equipo experto en derecho digital de Letslaw, para los que hemos recopilado y analizado algunas de las dudas más comunes que nos soléis plantear.

Estas son sus respuestas:

¿Puedo admitir cobros a través de Paypal?

Por supuesto, no hay ningún problema en recibir cobros a través de Paypal. Solo tienes que crearte una cuenta y proporcionársela a la empresa que te haya contratado si esta es la modalidad de pago que has elegido. Además, Paypal cuenta con la opción de conversión de divisas, por lo que, si el dinero que vas a recibir procede de otro país con distinta moneda, puedes convertirla de manera sencilla.

Independientemente del método de pago utilizado, se deberá requerir o solicitar la factura correspondiente, y ello de cara a facturar los servicios prestados de acuerdo con la normativa española, y en especial de conformidad con la Ley que regula el Impuesto del Valor añadido (IVA).

¿Los contenidos que subo a Instagram/Facebook/YouTube/Tiktok son 100% de mi propiedad?

Sí, tu eres autor del contenido que subes a las Redes Sociales por el mero hecho de haberlo creado. El derecho de autor se origina automáticamente al crear una obra. No obstante, debes tener en cuenta los Términos y Condiciones de estas Redes Sociales puesto que, una vez accedes a ellas y te registras como usuario, les otorgas una licencia mundial, no exclusiva, transferible, sub-licenciable y exenta de pagos de derechos de autor. Es decir, las fotos que subes a Instagram, por ejemplo, pueden ser usadas por esta plataforma libremente y de forma gratuita, podrán ser compartidas a nivel mundial, transferidas y todo ello, sin que el autor material de la fotografía obtenga remuneración alguna por parte de la plataforma. Por lo tanto, recomendamos leer los Términos y Condiciones antes de registrarnos y subir contenidos en cualquier Red Social.

No obstante lo anterior, es preciso señalar que el hecho de que hayas concedido una licencia de Propiedad Intelectual a una Red Social no quiere decir que cualquier persona pueda utilizar tu contenido en beneficio propio.

¿Qué derechos puedo ceder a terceros sobre los contenidos que publico en otras RRSS?

Ya que eres autor y propietario del material que creas puedes ceder tus derechos patrimoniales a quien desees. Estos son: reproducción de la obra, distribución y puesta a disposición del público, comunicación pública, transformación y derecho de compensación por copia privada.

¿Puedo emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo?

Sí, pero con limitaciones: para poder emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo debes inscribirte en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores a través del modelo 036. Se trata de un trámite gratuito y esencial para poder emitir facturas sin estar dado de alta como autónomo. No obstante, solo será viable esta opción para aquellas personas que estén realizando una actividad económica que no sea habitual, siempre y cuando la actividad en cuestión no genere ingresos superiores al Salario Mínimo Interprofesional (950€).

Por lo tanto, deberá darse de alta como autónomo toda “persona física que realice de forma habitual, por cuenta propia y fuera del ámbito de dirección y organización de otra persona, una actividad económica o profesional a título lucrativo”, de acuerdo con el Estatuto del Trabajador Autónomo.

¿Puedo aceptar tarjetas regalo de Amazon como pago de una colaboración?, ¿Tengo que declarar los regalos de RRPP que me envían las marcas en la renta?

Puedes aceptar tarjetas regalo de Amazon como pago de una colaboración, así como cualquier otro tipo de contraprestación en metálico o en especie, siempre que dicha remuneración esté debidamente pactada con anterioridad por las partes. No obstante, desde 2018, la Agencia Tributaria considera que la promoción de regalos es una actividad económica ejercida con asiduidad y, por lo tanto, deben tributar como cualquier otro. En este sentido, si una marca te regala por ejemplo un viaje, o un coche, debes tributar con arreglo a ello.

¿Puedo compartir contactos de marcas o agencias con otros influencers?

Sí, siempre y cuando estos no sean datos de carácter personal y/o confidenciales. En este caso, se deberá valorar cada casuística para poder analizar si es posible o no una acción en concreto.

No obstante, hemos de tener en cuenta que un email, pese a ser considerado como un dato de carácter personal, el artículo 19 de la LOPDGDD permite el tratamiento de datos de contacto siempre y cuando se utilicen estrictamente con la finalidad de mantener una relación profesional con la empresa para la que trabaje el destinatario del email de contacto.

¿Puedo compartir pantallazo de una conversación privada de forma pública desvelando datos (Como el usuario de IG) de otras personas?

No, no puedes compartir una conversación privada de forma pública. El artículo 7.3 de la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen indica:  La divulgación de hechos relativos a la vida privada de una persona o familia que afecten a su reputación y buen nombre, así como la revelación o publicación del contenido de cartas, memorias u otros escritos personales de carácter íntimo.

Por tanto, la difusión de una conversación privada sin conocimiento ni consentimiento de la otra parte sería ilícita, aunque dependerá del contenido del pantallazo. Si el contenido es íntimo y personal, su difusión puede atentar de forma directa al derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y se podrá solicitar una indemnización por los daños y perjuicios que pudieran haberse ocasionado.

¿Es legal hacer campaña publicitaria con mi bebé (o hijos menores de edad)?

Sí, con limitaciones: la Ley permite a los menores participar o intervenir excepcionalmente en espectáculos públicos, siempre y cuando esto no perjudique a su correcto desarrollo. Si bien, y a pesar de que no existe una normativa clara al respecto, se entiende que la publicidad está encuadrada dentro de “espectáculos públicos”, y por lo tanto, si está permitido.

¿Puedo cerrar un acuerdo a través de un mail o es necesario firmar siempre un contrato?

Sí, no habría problema en hacerlo, puedes incluso hacerlo de forma verbal, por teléfono, por ejemplo. Sin embargo, desde Letslaw recomendamos contar con un acuerdo por escrito y firmado por todas las partes intervinientes, y ello, a fin de evitar conflictos futuros. Por lo tanto, lo mejor es contar con asesoramiento legal para perfeccionar un contrato entre las partes.

Toda la información expuesta en este artículo debe entenderse de carácter genérico, sin aplicación a casos particulares que deberán ser valorados de manera individualizada. En este sentido, desde Letslaw son expertos en Derecho de nuevas tecnologías y marketing digital, y cuentan con especialistas que pueden asesorarte si tienes cualquier duda sobre tu caso en concreto.